¿CÓMO FUNCIONA LA MEDIACIÓN?

A diferencia de la vía judicial o el arbitraje, en la mediación las partes conservan la responsabilidad y el control respecto al conflicto y no transfieren el poder de toma de decisiones al mediador. Cualquier resultado es fruto, por tanto, de la voluntad de las partes. A día de hoy, muchos ciudadanos desconocen cómo recurrir a la mediación, aunque su funcionamiento es muy sencillo.
La solicitud para recurrir a esta vía se realiza por una de las partes o de común acuerdo entre ambas y se formula ante el mediador o institución de mediación. También es posible que el propio Juez suspenda un proceso judicial en curso e invite a las partes a acudir a la mediación.

  1. El mediador citará a las partes para celebrar una sesión informativa en la que se explicará el procedimiento y su coste. En esta sesión también se elige el lugar en el que se llevará a cabo la mediación y la lengua del procedimiento. En caso de que no asistan se entenderá que desisten de la mediación.
  2. A continuación tiene lugar una sesión constitutiva. Sobre un documento se plasma quiénes son las partes, quién es el mediador designado, cuál es el objeto de conflicto, qué duración máxima tendrá el procedimiento y cuál será su coste.
  3. El mediador convocará a las partes para cada sesión con antelación suficiente, dirigirá las sesiones y facilitará que cada uno de los implicados exponga sus posiciones debidamente. Durante el procedimiento ninguna parte podrá interponer reclamación extrajudicial o judicial contra la otra parte.
  4. El procedimiento puede finalizar con o sin acuerdo, o con acuerdos parciales sobre un aspecto de la controversia, facilitando de este modo, su posterior resolución. El acta final, firmada por las partes y por el mediador, determinará la conclusión del procedimiento y reflejará los acuerdos alcanzados.
  5. La mediación no tiene una duración fija aunque es habitual que se resuelva antes de los 3 meses o 4 meses. Finalizado el procedimiento, cualquiera de las partes puede recurrir al tribunal si no se hubiera alcanzado un acuerdo o se hubieran logrado solamente acuerdos parciales.
  6. El coste de la mediación depende de la entidad mediadora, pero su coste es muy inferior al de cualquier litigio judicial. La aseguradora DAS, es la primera entidad que incluye este servicio como cobertura en sus pólizas Protección Jurídica para las familias y consumidores.

 

ACUERDO DE MEDIACIÓN = Solución negociada